MGAP insiste en la suspensión del Estradiol 17β
Ante exigencias internacionales, el MGAP insiste en la suspensión del Estradiol 17β. Sanidad Animal enfatizó que incumplir esta normativa constituye una infracción sanitaria. Las sanciones aplican tanto a productores, como a veterinarios, comercios, distribuidores, depósitos y laboratorios.

La Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSG) volvió a advertir al sector productivo y veterinario que continúa vigente en Uruguay la prohibición de importar, formular, comercializar y utilizar productos veterinarios que contengan Estradiol 17β y sus derivados.

La medida, establecida en 2024 y prorrogada recientemente hasta el 30 de setiembre de 2026, responde a exigencias sanitarias de mercados internacionales estratégicos.
Desde la División Sanidad Animal señalaron que la nueva comunicación responde a la necesidad de reforzar la difusión de la normativa, para que tanto productores como veterinarios tengan presente esta obligatoriedad, y utilicen otros métodos alternativos en el manejo reproductivo del ganado.
Qué está prohibido
La DGSG recordó que sigue prohibido:
- Usar Estradiol 17β o sus derivados tipo éster en animales.
- Tener o almacenar estos productos en establecimientos o depósitos.
- Importar, formular, vender, comercializar o distribuir productos con estos principios activos.
- Fabricar para uso interno.
- Registrar nuevos productos con esta formulación.
La prórroga fue establecida mediante la Resolución DGSG N.º 268/025, firmada el 18 de setiembre de 2025.
Contexto internacional: exigencia para sostener mercados claves
El uso de Estradiol 17β está prohibido por la normativa de la Unión Europea, que lo considera un riesgo en animales destinados a producción de alimentos.
Para que Uruguay mantenga el acceso a esos mercados, el país debe asegurar que ningún establecimiento utilice estos productos, y que exista capacidad de fiscalización.
La suspensión continuará vigente hasta tanto el MGAP complete la implementación de los módulos de monitoreo y trazabilidad que permitirán verificar, en forma efectiva, la comercialización y uso de estos insumos.
Advertencia: el incumplimiento será sancionado
Sanidad Animal enfatizó que incumplir esta normativa constituye una infracción sanitaria y será sancionado de acuerdo con:
- Art. 144 de la Ley 13.835 (multas, clausuras y otras medidas)
- Art. 285 de la Ley 16.736 y modificativas
- Demás disposiciones en materia higiénico-sanitaria
Las sanciones aplican tanto a productores, como a veterinarios, comercios, distribuidores, depósitos y laboratorios.
El uso de estradiol está prohibido en Uruguay y su incumplimiento tendrá consecuencias.
Ante exigencias internacionales, el MGAP insiste en la suspensión del Estradiol 17β.
Fuente: MGAP.

Mi nombre es Gastón Aldabe, integrante de Palenque Agropecuario un programa con 58 años en el aire, Conductor de Radio y TV en el departamento de Tacuarembò, dedicado específicamente a la información agropecuaria desde el año 2003, egresado como periodista del Instituto Profesional de Enseñanza Periodística de Montevideo Uruguay