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Se extiende autorizaciones de pastoreo en vía pública

Se extiende autorizaciones de pastoreo en vía pública

Se extiende autorizaciones de pastoreo de animales en la vía pública por 30 días más.

Se autoriza a la División Sanidad Animal, a través de sus Oficinas Zonales y Locales competentes, a extender autorizaciones a pastoreo de animales en la vía pública. La situación climática de déficit hídrico imperante se mantiene a la fecha afectando a varias zonas del país, generando, asimismo, escasez de pasturas, praderas y reservas forrajeras, con los consiguientes perjuicios a los productores agropecuarios, en virtud del riesgo de pérdida de ganado y propagación de enfermedades.

imagen de trabajar rural a caballo llevando ganado, se extiende autorizaciones de pastoreo en la vía pública

LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS

RESUELVE:

  1. Autorízase a la División Sanidad Animal, a través de sus Oficinas Zonales y Locales competentes, a extender autorizaciones a pastoreo de animales en la vía pública, a solicitud de los productores ganaderos cuyos establecimientos se encuentren afectados por la situación climática adversa, en las siguientes zonas; todas las seccionales policiales de los Departamentos de Canelones, Cerro Largo, Colonia, Durazno, Flores, Florida, Rocha, San José y Soriano. Seccionales policiales  de la 2ª a la 12ª del departamento de Artigas. Seccionales policiales de la 1ª a la 14ª del Departamento de Lavalleja. Seccionales policiales de la  2ª a la 9ª y 11ª del Departamento  de Maldonado. Seccionales policiales de la 3ª a la 12ª del Departamento de Paysandú. Seccionales policiales de la 2ª a la 12ª del Departamento de Río Negro; seccionales policiales de la 2ª a la 8ª del Departamento de Rivera. Seccionales policiales de la 6ª a la 16ª del Departamento de Salto. Seccionales policiales  4ª,5ª, 7ª,8ª,9ª,11ª,13ª,14ª, 15ª y 16ª del Departamento de Tacuarembó. Seccionales policiales de la 2ª a la 10ª del departamento de Treinta y Tres.
  2. Las autorizaciones dispuestas en el numeral precedente, se extenderán en los términos establecidos en el decreto Nº 343/006 de 25 de setiembre de 2006, durante el término de 30 (treinta) días a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución.
  3. Comuníquese a la División Industria Animal; División Laboratorios Veterinarios (DILAVE), División Sanidad Animal y por su intermedio, notifíquese a todas las oficinas de Montevideo e interior del país.
  4. Comuníquese, al Ministerio del Interior.
  5. Dese cuenta al Sr. Ministro, a la Dirección General de Secretaría y al SNIG.
  6. Publíquese en el Diario Oficial y en la Página Web del MGAP.

Firmante: Dr. Diego de Freitas Netto -Director General

Se extiende autorizaciones de pastoreo de animales en la vía pública por 30 días más. Fuente: MGAP.

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