Vacunación contra la Fiebre Aftosa 2023
El período de vacunación contra la Fiebre Aftosa para todas las categorías de vacunos es del 15 de marzo al 30 de abril de 2023.

El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de los Servicios Ganaderos, resolvió, que el período para inmunizar a todo el rodeo bovino nacional contra la Fiebre Aftosa se realice durante la fecha estipulada.

LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
RESUELVE:
1- Se establece con carácter obligatorio entre el 15 de marzo y el 30 de abril de 2023, la vacunación contra la Fiebre Aftosa de todas las categorías bovinas.
2- No se autoriza la realización de eventos de concentración de bovinos (tales como remates feria, exposiciones, etc.), en el período comprendido entre el 15 y el 30 de marzo de 2023 inclusive.
3- Se autorizan los eventos con cambio de propiedad que no impliquen movimiento de animales (Remates por Pantalla o virtuales), dentro del período comprendido entre el 15 de marzo y el 30 de marzo de 2023, inclusive.
4- Los bovinos con destino a faena, podrán movilizarse dentro del presente período de vacunación, con las vacunaciones de los dos últimos períodos anteriores. A partir del 1° de mayo de 2023, deberán tener más de 15 días de inmunizados con la vacuna correspondiente al presente período de vacunación.
5- La vacuna para el período en consideración, será proporcionada por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Será entregada al titular de la misma con formulario de entrega de vacuna, contra la presentación de la Declaración Jurada de existencias de DICOSE al 30 de junio de 2022 y Planilla de registro de utilización de productos veterinarios (Planilla de control sanitario) actualizada.
6- La estrategia de distribución de vacuna será dispuesta por los Servicios Ganaderos Departamentales y las Comisiones Departamentales de Salud Animal (CODESA).
7- Los Servicios Ganaderos Zonales y las Comisiones Departamentales de Salud Animal (CODESA) determinarán los predios que serán declarados de Vigilancia Prioritaria. El listado de éstos, será enviado a la Dirección General para su declaración oficial, antes del 8 de marzo de 2023.
8- El control directo de la vacunación se hará por el Servicio Zonal o Local o por quien éste determine, en coordinación con las Comisiones Departamentales de Salud Animal de cada Departamento (CODESA).
Fuente: MGAP. Vea resolución.
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Mi nombre es Gastón Aldabe, integrante de Palenque Agropecuario un programa con 58 años en el aire, Conductor de Radio y TV en el departamento de Tacuarembò, dedicado específicamente a la información agropecuaria desde el año 2003, egresado como periodista del Instituto Profesional de Enseñanza Periodística de Montevideo Uruguay